Sobre el programa
El “Programa de Vivienda Vacía de Canarias”, captará en el mercado, viviendas libres vacías, para ser puestas a disposición de familias con necesidad habitacional, impulsando además la reactivación económica de Canarias. Los adjudicatarios serán familias o unidades de convivencia con recursos económicos limitados y tendrán que estas inscritos, como condición previa en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, en régimen de promoción privada en alquiler.
¿Qué necesitas?
Te resolvemos algunas dudas sobre
el programa de Vivienda Vacía
Preguntas frecuentes de Propietarios/as
¿Quién va a ocupar mi vivienda?
Cualquier persona inscrita en el Registro de Demandantes de la Canarias, en régimen de promoción privada en alquiler.
¿Cómo se procede a la adjudicación de la vivienda
La vivienda se adjudica mediante un sistema de baremación teniendo en cuenta los datos que facilita el Instituto Canario de La Vivienda.
¿Cuánto se tarda en alquilar?
El tiempo medio que tardamos en alquilar los pisos oscila entre los 3 y 4 meses.
¿Qué pasa si hay quejas?
En caso de quejas vecinales derivamos las quejas a nuestro departamento de atención al cliente que encauza su resolución.
¿Y si se avería algo?
Desde Visocan avisamos al servicio técnico para que determine el motivo de la avería para intentar solucionarla.
¿Y si el inquilino/a deja la vivienda o no paga?
La relación contractual con VISOCAN es a través de un contrato de cesión de uso (usufructo). VISOCAN abona la renta mensual a la propiedad desde la entrada del primer inquilino/a hasta la finalización del contrato, independientemente de que haya o no arrendatarios/as.
¿Recibiré mi vivienda en el mismo estado en que la entregué?
Sin lugar a dudas, está contemplado en la resolución que ampara este programa. VISOCAN está obligada a entregar la casa en las mismas condiciones en las que se alquiló por primera vez.
Preguntas frecuentes de Adjudicatarios/as
¿Qué requisitos fundamentales debo tener para acceder a una vivienda en este programa?
Estar dado de alta en el Registro de demandantes de Vivienda de Canarias, en régimen de promoción privada en alquiler y contar con los niveles de ingresos establecidos. Los ingresos anuales ponderados de la unidad de convivencia deben ser como mínimo de una vez y medio el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y no pueden exceder de 4 veces dicho indicador público o de 5 veces en caso de familias numerosas de categoría especial, personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental, discapacidad intelectual o discapacidad del desarrollo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y a personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.)
¿Cuánto pagaré por una de estas viviendas en el caso de acceder?
Las familias que accedan a estas viviendas, abonarán una renta de alquiler, que en ningún caso será superior al 30% de sus ingresos anuales ponderados, siempre que se acrediten los mismos.
¿Dónde estarán ubicadas estas viviendas?
Los municipios de captación de las viviendas serán todos los municipios del archipiélago canario, dando prioridad a los municipios denominados de preferente localización que vienen establecidos en la Orden de 24 de marzo de 2021 de la Consejería de Obras Públicas, transportes y Vivienda o norma que la sustituya.
¿De qué tipo son las viviendas de este programa?
Dependiendo del número de m2, tendrán 1 o varias habitaciones y deberán tener la cocina equipada con muebles altos y bajos, placa de cocinar, fregadero, lavadora, frigorífico y baño completamente equipado y todo en perfecto funcionamiento.
¿En el caso de acceder a una de estas viviendas cuanto tiempo puedo permanecer en ella?
El tiempo mínimo de arrendamiento es de 3 años, o el que reste de duración del contrato de cesión de uso de la vivienda arrendada, si este fuese menor, ampliable durante el plazo de duración de la cesión del uso de la misma.